Tiene por objeto los trabajos conservación y explotación de los tramos de carreteras que se definen en el Anexo nº 3 del PPTP como tramos principales y a efectos de uso del servicio de comunicaciones, del
servicio de vigilancia específica y de atención a emergencias, urgencias y actuaciones excepcionales, también en los tramos no principales definidos igualmente en el referido anexo 3.
Comprende: operaciones de grupo I, grupo II y grupo III.
Tiene por objeto los trabajos conservación y explotación de los tramos de carreteras que se definen en el Anexo nº 3 del PPTP como tramos principales y a efectos de uso del servicio de comunicaciones, del
servicio de vigilancia específica y de atención a emergencias, urgencias y actuaciones excepcionales, también en los tramos no principales definidos igualmente en el referido anexo 3.
Comprende: operaciones de grupo I, grupo II y grupo III.
-Grupo I. Se incluyen en las operaciones del Grupo I las correspondientes a los trabajos y servicios necesarios para conseguir una ayuda a la vialidad y a la explotación y un estado de los elementos constitutivos de la carretera que aseguren las condiciones normales de vialidad y seguridad.
-Grupo II. Se incluyen en las operaciones del Grupo II las correspondientes a los trabajos necesarios para mantenimiento de los elementos constitutivos de la carretera con los niveles de calidad más próximos posibles a los deseables para cada uno de ellos y según la clasificación de cada tramo.
-Grupo III. Son las que, sin estar incluidas en el Grupo I ni en el Grupo II, sea necesario realizar en los tramos principales del contrato a juicio del Director que deberá ordenarlas específicamente. Y otras operaciones detalladas en el PPTP.
La parte del contrato que corresponde a obras son las operaciones y unidades de obra del Grupo II y las operaciones del Grupo III.