El objeto del presente contrato es satisfacer las necesidades del servicio de transporte adaptado para usuarios/as de los programas de atención a personas en situación de dependencia a través de los Servicios Sociales municipales. Dado que de conformidad con el punto segundo anexo I del Decreto 67/2012, de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias, modificado por el Decreto 154/2015, de 18 de junio, se reconoce que los centros de día, centros ocupacionales y centros de rehabilitación psicosocial, dispondrán en su caso, de servicio obligatorio de transporte, ya sea propio o concertado.
A través de los centros de atención a personas en situación de dependencia adscritos al Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ingenio se presta un servicio de atención diurna a un total de 49 usuarios/as de forma permanente durante todos los días laborables del año (según calendario laboral anual aprobado por el Ayuntamiento de Ingenio) y 9 usuarios/as durante los días laborales de los meses de julio y agosto de cada año.
La prestación de este servicio se basa en las siguientes estipulaciones:
1ª- Horario de prestación del servicio. Con carácter general, el horario de prestación del servicio de traslados a los centros concertados por la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Ingenio será de 8:00 horas a 17:00 horas de lunes a viernes para los meses de enero a junio y de octubre a diciembre, y de 8:00 horas a 15:00 horas para los meses de julio a septiembre.
2ª.- Características del servicio. Al tratarse de población en situación de dependencia, este servic.