La necesidad a satisfacer por el presente contrato consiste en reforzar las funciones de seguridad en todos los sistemas de información del TCu, garantizar que la misma sea atendida, revisada y controlada por personal cualificado y que las empresas u organizaciones que presten servicios de seguridad cuenten con profesionales cualificados y con unos niveles idóneos de gestión y madurez de los servicios prestados, todo ello en virtud del cumplimiento de las medidas de seguridad que establece el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y de acuerdo a los niveles de seguridad establecidos para sus sistemas en la Política de Seguridad de la Información del Tribunal de Cuentas, aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas, de 24 de junio de 2021.
La necesidad a satisfacer por el presente contrato consiste en reforzar las funciones de seguridad en todos los sistemas de información del TCu, garantizar que la misma sea atendida, revisada y controlada por personal cualificado y que las empresas u organizaciones que presten servicios de seguridad cuenten con profesionales cualificados y con unos niveles idóneos de gestión y madurez de los servicios prestados, todo ello en virtud del cumplimiento de las medidas de seguridad que establece el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad y de acuerdo a los niveles de seguridad establecidos para sus sistemas en la Política de Seguridad de la Información del Tribunal de Cuentas, aprobada por Acuerdo del Pleno del Tribunal de Cuentas, de 24 de junio de 2021.