Prestación a la Administración del Principado de Asturias y sus organismos autónomos, así como las entidades públicas y entes públicos adheridos, del servicio de corredor de seguros
El presupuesto de licitación, entendido como límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación (art. 100 LCSP), es de CERO EUROS, dado que este contrato no supone un coste económico directo para la Administración, que no abonará precio alguno al adjudicatario, el cual recibirá una comisión directamente de la compañía aseguradora correspondiente, en los términos establecidos en la cláusula 6.4 del pliego de cláusulas administrativas particulares.