Supuesto de aplicación del procedimiento negociado sin publicidad enumerado en el artículo 168 de la LCSP: el artículo 168 a) 2º de dicha Ley, al considerarse que por razones técnicas solo puede encomendarse a un empresario.
Supuesto de aplicación del procedimiento negociado sin publicidad enumerado en el artículo 168 de la LCSP: el artículo 168 a) 2º de dicha Ley, al considerarse que por razones técnicas solo puede encomendarse a un empresario.