Entre las funciones atribuidas por los Estatutos de Esamur están las actuaciones de determinación e inspección del Canon de Saneamiento (Capítulo III), así como la de “colaborar en el estudio y control del cumplimiento de la normativa en materia de vertidos, de la calidad de las aguas residuales, y de sus efectos sobre los medios receptores” (art. 3.g). Y para el ejercicio de dichas funciones resulta imprescindible contar con personal especializado en operaciones de toma de muestra y su posterior análisis.
Se propone como forma de adjudicación el procedimiento abierto conforme al artículo 131 de la Ley de Contratos del Sector Público, para garantizar que todo empresario interesado, que reúna los requisitos establecidos en el Pliego, pueda presentar su proposición.
De acuerdo con el artículo 145 de la LCSP, la adjudicación de los contratos se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio.
Dentro de los cometidos del contrato previsto se incluyen:
-Asistencia a los técnicos de ESAMUR en las tareas de inspección y comprobación del Canon de saneamiento.
-Toma de muestra y control analítico de los parámetros de efluentes de establecimientos industriales y otros puntos relevantes
-Localización de establecimientos industriales y puntos de vertido.
-Localización de vertidos accidentales
-Estudio de infraestructuras de saneamiento y aglomeraciones urbanas
-Apoyo a ESAMUR en la tramitación administrativa de los expedientes de canon de saneamiento