El Acuerdo Marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de la gestión del servicio de atención a personas adultas con discapacidad intelectual (mayores de 18 años y menores de 65) en vivienda comunitaria.
A efectos de este pliego, se entiende por vivienda comunitaria el equipamiento social ubicado preferentemente en edificios de viviendas normalizadas destinado a proporcionar alojamiento, manutención y apoyo personal y social a las personas adultas con discapacidad intelectual que posean un buen nivel de autonomía personal y que necesiten de manera permanente o transitoria de un dispositivo sustitutorio del medio familiar, por lo que ofrecerán un ambiente lo más normalizado y similar a aquel.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas se especifican las necesidades administrativas a satisfacer mediante el acuerdo marco y los factores de todo orden a tener en cuenta, así como establecer el procedimiento para su prestación, mediante contratos basados en este acuerdo.
El Acuerdo Marco tiene por objeto la determinación de las condiciones de la gestión del servicio de atención a personas adultas con discapacidad intelectual (mayores de 18 años y menores de 65) en vivienda comunitaria.
A efectos de este pliego, se entiende por vivienda comunitaria el equipamiento social ubicado preferentemente en edificios de viviendas normalizadas destinado a proporcionar alojamiento, manutención y apoyo personal y social a las personas adultas con discapacidad intelectual que posean un buen nivel de autonomía personal y que necesiten de manera permanente o transitoria de un dispositivo sustitutorio del medio familiar, por lo que ofrecerán un ambiente lo más normalizado y similar a aquel.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas se especifican las necesidades administrativas a satisfacer mediante el acuerdo marco y los factores de todo orden a tener en cuenta, así como establecer el procedimiento para su prestación, mediante contratos basados en este acuerdo.
Las plazas adjudicadas en el presente acuerdo marco, una vez contratadas en virtud de los contratos que de él se deriven, quedarán integradas dentro de la Red Pública de Centros de Atención a personas adultas con discapacidad, dependiente de la Dirección General con competencias en materia de atención a personas con discapacidad, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia.